Iniciativa 4505, peligro inminente

Esta semana, sin mayor aspaviento mediático, el pleno del Congreso de la República discutió en primeras lecturas la iniciativa 4505, ley constitutiva del Ejército, una propuesta de norma de organización, integración y funcionamiento del Ejército de Guatemala.

De acuerdo con el registro del Congreso, la moción obtuvo el dictamen favorable de la Comisión de Defensa del Organismo Legislativo en la sesión realizada el 20 de agosto de 2012, según consta en el acta 14-2012 de dicha sala parlamentaria.

En apariencia, la intención es superar las falencias de la ley en vigor, promulgada en 1990, cuando aún persistía el conflicto armado interno. Sin embargo, hay riesgos de que se hagan modificaciones que en la práctica no cambien el fondo. En la actualidad, por estructura constitucional y con las normas en vigor como complemento, el Ejército de Guatemala ejerce autonomía relativa del Organismo Ejecutivo e incluso del resto del aparato de Estado.

El acta mencionada revela más por lo que no dice que por lo que consigna. En el punto cuarto, la diputada Marta Odilia Cuéllar Girón, presidenta de la comisión, pregunta si los presentes desean que se extienda el tema antes de la votación sobre el dictamen. El asesor Otto Zeizzing requiere información en torno al incremento en cuatro años (de 33 a 37) del tiempo de servicio. El representante militar le informa que se trata de balancear las finanzas del Instituto de Previsión Militar (IPM). Una información más sobre la necesidad de elevar a rango constitucional el decreto 40-2000, que autoriza patrullajes conjuntos Ejército-Policía Nacional Civil, a fin de prevenir una eventual reforma a la carta magna que designe un ministro de defensa civil.

Luego el texto consigna que, «después de un análisis exhaustivo» de la iniciativa entregada apenas una semana antes, la comisión aprueba el dictamen favorable. La sesión continúa con un punto más y concluye apenas a 70 minutos de iniciada. Descontando los prolegómenos y el final, digamos que unos 10 minutos, resulta que los congresistas de la anterior legislatura que integraron la Comisión de Defensa se tomaron 60 para examinar exhaustivamente un texto que se despliega en 53 páginas y que, además de la exposición de motivos y los considerandos, está integrada por 137 artículos. En un impresionante ejercicio de agilidad examinaron más de 2.5 artículos por minuto.

Por ello quizá se les pasó por alto percatarse de que, aun cuando en apariencia se trata de un texto formulado con un criterio técnico no solo legislativo, sino de doctrina y ciencia militar, tiene varias minas por estallar en su cuerpo. La primera tiene que ver con la razón de ampliar en un 12 % el tiempo de servicio. Esto no obedece a necesidades de política de defensa o de política militar, sino simple y llanamente a requerimientos económicos por desfinanciación del IPM, una entidad que fue desfalcada en años anteriores por, entre otros, el general Enrique Ríos Sosa, hijo del ex jefe de Estado José Efraín Ríos Montt.

Eso sí, los generales de ahora no se incluyen en la extensión del tiempo de retiro, puesto que los artículos transitorios especifican que la ampliación del tiempo de servicio correrá hasta dentro de tres años. Al aumentar el tiempo de servicio se añaden nuevos niveles de jerarquía en la formulación de grados militares incluidos. De esa suerte, el nivel de oficiales generales sube de dos (de brigada y de división) a cuatro. La trampa mayor, sin embargo, aparece en el artículo 41, el cual revive en la práctica al tenebroso y desaparecido Estado Mayor Presidencial, además de que también le abre la puerta al fuero militar en el ramo penal.

De ese modo, con un texto que modifica sustantivamente una institución como el Ejército de Guatemala, el Congreso no puede actuar a la ligera y tolerar que una comisión legislativa le haga llegar con dictamen favorable una iniciativa conocida superficialmente y a la carrera. Más que llevarla a tercera lectura y aprobación en redacción final, debe retornarla para un análisis técnico que concluya con una propuesta sin trampas ni dobleces.

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